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Publican en el DOF disposiciones para registro de prestadores de servicios especializados
Hoy se publican en el Diario Oficial de la Federación (DOF), todas las disposiciones para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de subcontratación.Se trata de incorporarse a un Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas.De acuerdo a las reformas a la LFT, publicadas el pasado 23 de abril, que incorporaron la prohibición de la subcontratación de personal y se estableció de manera excepcional que únicamente se pueden subcontratar servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, se precisa que:Las personas físicas o morales que deseen incorporarse al registro deberán establecer con precisión el servicio que desean prestar o el tipo de obra que desean ejecutar. Deberán acreditar cada una de dichas actividades bajo protesta de decir verdad y describir los elementos o factores que les dan sustento.Para esto, deberán aportar información y documentos respecto a capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, equipamiento, tecnología, activos, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio y experiencia, entre otros.➡️ Plazo para sustituir convenios de subcontratación termina 23 de julio: STPSAdemás, demostrar que están al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social frente al Servicio de Administración Tributaria (SAT), al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit).También deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).Se precisa en el DOF que la administración y operación del registro de contratistas estará a cargo de la STPS a través de la Unidad de Trabajo Digno y de sus unidades administrativas.Para solicitar el registro en el Padrón se contará con una plataforma informática a cargo de la STPS, en la cual se inscribirán las personas físicas y morales que deseen obtener el registro.Los interesados en el registro del Padrón deberán acceder a la dirección https://repse.stps.gob.mx en la que solicitarán el registro y tendrán que cumplir con todos los requerimientos, entre los que se encuentran: firma electrónica vigente; nombre, denominación o razón social en caso de ser persona moral, o apellido paterno, materno y nombre en caso de ser persona física.➡️ Mantente informado en nuestro canal de Google NoticiasAdemás tendrán que proporcionar: Nombre comercial, entidad federativa, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), domicilio, geolocalización, teléfono fijo o celular y correo electrónico.De igual manera presentarán: número total de trabajadores –por sexo– a momento de la solicitud de registro; actividad económica especializada conforme al Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo del IMSS, y actividad o actividades que desea registrar en el padrón y actividad económica preponderante.Te recomendamos el podcast ⬇️AcastSpotifyApple PodcastsGoogle PodcastsDeezerAmazon Music